Ir al contenido principal
Foro de la Iniciativa Ciudadana Europea

Facilitar el reconocimiento de los profesores con formación de A.M.I. en Montessori en toda la UE

Autor: Sofia Ramires |
Actualizada el: 22/02/2024 |
Número de visitas: 210

La siguiente Directiva prevé el reconocimiento de las cualificaciones profesionales de A.M.I. Montessori para profesiones reguladas tanto en el Estado miembro en el que se obtuvo la cualificación como en el Estado miembro en el que el candidato desearía ejercer su profesión.

 

Sobre la base del artículo 166, apartado 4, del TFUE y del artículo 165 del TFUE, pedimos la recomendación de la Comisión Europea para la formación de Montessori en la Unión Europea. 

Dado que la pedagogía Montessori se utiliza ampliamente en Europa en sus sectores público y privado, la Comisión Europea podría fomentar el intercambio de información entre los Estados miembros que reconocen esta cualificación y los que no la reconocen, o intentar aumentar la movilidad de los profesores de Montessori formados mediante el fomento de programas de intercambio mutuo, o fomentar la cooperación entre las instituciones educativas que imparten formación a los profesores de Montessori y a los profesores públicos.

Este reconocimiento promueve la mejora de la calidad y la equidad en la educación entre los Estados miembros.

0
Voto

Dejar un comentario

Para poder añadir un comentario, tienes que autenticarte o registrarte.

Comentarios

Sofia Ramires | 24/02/2024

De conformidad con el artículo 166, apartado 4, del TFUE, la Comisión puede recomendar medidas que contribuyan a la consecución de determinados objetivos pertinentes para el mercado interior enumerados en el artículo 166, apartado 2, del TFUE. Entre ellas: «mejorar la formación profesional inicial y la formación continua para facilitar la integración profesional y la reinserción en el mercado laboral»; «facilitar el acceso a la formación profesional y fomentar la movilidad de los formadores y de las personas en prácticas, en particular de los jóvenes»; «estimular la cooperación en materia de formación entre los centros de educación o formación profesional y las empresas»; y «desarrollar el intercambio de información y experiencia sobre cuestiones comunes a los sistemas de formación de los Estados miembros».
 

Sobre la base del artículo 166, apartado 4, del TFUE, como se ha indicado anteriormente, la formación de Montessori acreditada por la Asociación Montessori Internationale podría ser una posible medida no vinculante que la Comisión podría recomendar.
 

A la luz del artículo 165 del TFUE, se solicita autorización para que la Comisión proponga directrices o recomendaciones que permitan reconocer más fácilmente a los profesores formados en Montessor en toda la UE.

Para poder añadir un comentario, tienes que autenticarte o registrarte.
Exención de responsabilidad: Las opiniones expresadas en el Foro de la ICE reflejan exclusivamente el punto de vista de sus autores y no puede considerarse que reflejen, en modo alguno, la posición de la Comisión Europea o de la Unión Europea.
¿Vas a registrar una iniciativa?

¿Quieres apoyar una iniciativa? ¿Quieres informarte sobre iniciativas actuales o pasadas?