La siguiente Directiva prevé el reconocimiento de las cualificaciones profesionales de A.M.I. Montessori para profesiones reguladas tanto en el Estado miembro en el que se obtuvo la cualificación como en el Estado miembro en el que el candidato desearía ejercer su profesión.
Sobre la base del artículo 166, apartado 4, del TFUE y del artículo 165 del TFUE, pedimos la recomendación de la Comisión Europea para la formación de Montessori en la Unión Europea.
Dado que la pedagogía Montessori se utiliza ampliamente en Europa en sus sectores público y privado, la Comisión Europea podría fomentar el intercambio de información entre los Estados miembros que reconocen esta cualificación y los que no la reconocen, o intentar aumentar la movilidad de los profesores de Montessori formados mediante el fomento de programas de intercambio mutuo, o fomentar la cooperación entre las instituciones educativas que imparten formación a los profesores de Montessori y a los profesores públicos.
Este reconocimiento promueve la mejora de la calidad y la equidad en la educación entre los Estados miembros.
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